Informe final de Denuncia Constitucional contra Pedro Castillo
Informe final de Denuncia Constitucional contra Pedro Castillo
recomienda acusarlo por juicio político e inhabilitarlo por cinco años en el ejercicio de la función pública
El informe fue elaborado por el congresista Wilson Soto y enviado a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Una de las acusaciones es el delito por traición a la Patria, en grado de tentativa en agravio del Estado peruano.
Este lunes, el congresista Wilson Soto Palacios (Acción Popular) presentó el informe final de la Denuncia Constitucional 219, que acusa al presidente de la República, Pedro Castillo, por traición a la Patria y que recomienda inhabilitarlo por cinco años para el ejercicio de la función pública.
El documento se sustenta en las declaraciones que el jefe de Estado dio al periodista mexicano Fernando del Rincón en el marco de una entrevista para CNN en Español. En dicho diálogo, Castillo Terrones dejó abierta la posibilidad de consultar, mediante referéndum, dar una salida al mar al país de Bolivia.
“El presidente de la República, manifestó, que preguntaría a los peruanos, sobre la salida al mar de Bolivia, lo que no encarna el deseo de la Nación, sin tener en cuenta que el territorio nacional es inalienable e inviolable, declaración que vulneraria mandatos constitucionales, como los denunciados y analizados, poniendo en riesgo la integridad y soberanía territorial del Estado, pese a estar obligado a protegerlo y hacerlo respetar”, se lee en el informe.
Asimismo, señala que el mandatario, en su condición de presidente de la República, habría infringido los artículos 32, 54, 110, 118, incisos 1, 2 y 11 de la Constitución Política del Perú.
Finalmente, el informe del congresista Soto Palacios recomienda “ACUSAR por antejuicio político al investigado José Pedro Castillo Terrones, en su condición de presidente de la República, como presunto autor del delito de Traición a la Patria previsto y sancionado por el artículo 325° del Código Penal; en calidad de Autor y en grado de tentativa en agravio del Estado peruano”.
Fuente: Revista Caretas

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